Condenado a ocho años y medio de cárcel por abusar del hijo menor de edad de su pareja en Granada

Un hombre ha sido condenado a ocho años y medio de cárcel por un delito continuado de abuso sexual cometido contra un menor, hijo de la mujer que era entonces su pareja, con los que convivía en Granada. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el acusado contra el fallo previo que le había impuesto la Audiencia de Granada.

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 Los ataques se produjeron en el domicilio en el niño convivía con su madre y el acusado  

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Los ataques se produjeron en el domicilio en el niño convivía con su madre y el acusado

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Un hombre ha sido condenado a ocho años y medio de cárcel por un delito continuado de abuso sexual cometido contra un menor, hijo de la mujer que era entonces su pareja, con los que convivía en Granada. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el acusado contra el fallo previo que le había impuesto la Audiencia de Granada.

Los hechos ocurrieron en el verano de 2006, cuando el menor tenía 11 años, y “encontrándose ambos en pijama jugando a la videoconsola en el salón de la citada vivienda y cuando la madre estaba ausente, puso su mano en el trasero del menor”. La víctima tiene ahora 30 años.

“Ese mismo verano, en una ocasión, el acusado llamó al menor a la habitación en que se encontraba, lo sentó en sus rodillas, lo inclinó hacia atrás y le masajeó” en sus partes íntimas “por encima de la ropa”. A partir de ese día, los abusos se repitieron en el domicilio “durante un número no concretado de ocasiones”.

El condenado le amenazaba con que si contaba lo ocurrido nadie le iba a creer y quedaría como “un mentiroso”. Años después, cuando el menor tenía entre 13 y 14 años, comenzó a rechazar al acusado, lo que provocó una reacción violenta con castigos y amenazas de muerte si se le ocurría denunciarle. También existieron amenazas de muerte. En una ocasión en la que estaban viendo un programa de televisión sobre la denuncia de una chica a otro chico por abusador, el ahora condenado le dijo al niño: “Si tú me haces eso a mí, te mato”.

El TSJA concluye que el testimonio de la víctima fue “creíble y convincente” sin que se haya acreditado que “albergase motivos de malquerencia, interés en perjudicar ilícitamente al acusado u otro móvil espurio que le haya inducido a idear falsamente unos hechos inexistentes de la gravedad que revisten los aquí enjuiciados y a incriminar” al entonces “compañero sentimental de su madre, como autor d elos mismos”.

La sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, también impone al condenado la prohibición de comunicarse o acercarse a la víctima a menos de 100 metros durante diez años.

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