Consumo sanciona con 179 millones de euros a cinco aerolíneas por prácticas abusivas

Mazazo del Gobierno a cinco de las aerolíneas con mayor actividad en España, Ryanair, Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea. El Ministerio de Consumo ha hecho firme la imposición de una multa de 179 millones por prácticas que considera abusivas frente al cliente. Estas son el cobro por el equipaje de mano que se sube a la cabina de viajeros; los cargos por la reserva de asientos contiguos cuando se viaja acompañado de menores o personas dependientes; falta de transparencia precontractual sobre el precio final del servicio, y prohibir el pago en metálico en la compra de billetes en los aeropuertos. También hay un reproche a Ryanair, que acarrea con el 60% de la cantidad, por tarificar la impresión de los billetes en las terminales.

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 Ryanair, Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea pedirán cautelares en recursos ante la Audiencia Nacional para seguir cobrando suplementos por el equipaje de mano o la reserva de asientos contiguos para niños  

Mazazo del Gobierno a cinco de las aerolíneas con mayor actividad en España, Ryanair, Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea. El Ministerio de Consumo ha hecho firme la imposición de una multa de 179 millones por prácticas que considera abusivas frente al cliente. Estas son el cobro por el equipaje de mano que se sube a la cabina de viajeros; los cargos por la reserva de asientos contiguos cuando se viaja acompañado de menores o personas dependientes; falta de transparencia precontractual sobre el precio final del servicio, y prohibir el pago en metálico en la compra de billetes en los aeropuertos. También hay un reproche a Ryanair, que acarrea con el 60% de la cantidad, por tarificar la impresión de los billetes en las terminales.

La resolución, que ha adelantado esta mañana la Cadena SER, cierra el expediente sancionador iniciado en junio de 2023 por la Secretaría General de Consumo y que amenazaba a esta referencias del bajo coste con fuertes sanciones. Ya a finales del pasado mes de mayo Consumo advirtió que el histórico correctivo se iría por encima de los 150 millones. Los recursos de casación presentados por las empresas ante el ministerio no han tenido éxito y se abre ahora la vía judicial, con recursos anunciados ya ante la Audiencia Nacional. El plazo abierto para el inicio de la batalla judicial es de dos meses.

La que se ha confirmado como mayor sanción por prácticas contra el consumidor, impuesta por el ministerio de Pablo Bustinduy, ha buscado disuadir a las grandes del low cost del mantenimiento de este tipo de estrategias comerciales, que fueron denunciadas en distintas ocasiones por asociaciones de consumidores como OCU, Facua y Asufin. Pero las empresas han avanzado que no están dispuestas a variar su forma de actuar si no lo dicta un juez.

La pena económica más elevada es para Ryanair con 107,7 millones, seguida de Vueling, con 39,2 millones; Easyjet debe pagar 29,1 millones; Norwegian ha sido sancionada con 1,6 millones de euros, y Volotea carga con 1,2 millones. Las afectadas acudirán a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional para tratar de tumbar este castigo. Todas ellas se sienten respaldadas por el Reglamento UE1008/2008, en el que se permite la libertad tarifaria. También se apoyan en sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la UE, de 2014, en la que se abre la mano a la tarificación de la maleta en cabina cuando excede “las exigencias razonables relativas a su peso y dimensiones”, sin entrar a fijar cuáles son esas medidas.

El ministro Bustinduy ha declarado ante los medios, a su paso por un acto público en Madrid, que “ninguna compañía, por grande o poderosa que sea, está por encima de la ley”. También ha rechazado que pueda haber modelos de negocio “basados en la vulneración de los derechos de los consumidores o en prácticas abusivas”. Consumo interpreta que la misma sentencia de la justicia europea de 2014 estableció que las compañías aéreas están obligadas a permitir el equipaje de mano de manera gratuita. “Lo que está haciendo el Ministerio de Consumo es aplicar la ley en defensa de los derechos de los consumidores”, ha sentenciado.

Las asociaciones de consumidores Facua y OCU aprecian la resolución como una contundente victoria. Durante la anterior legislatura, por acción de la Dirección General de Consumo de Baleares, fue el Ministerio de Consumo que entonces lideraba Alberto Garzón el que inició el expediente sancionador. Pudo hacerlo tras haberse dotado de competencias para imponer multas con la reforma del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Consumo indicó meses atrás que la legislación vigente y la jurisprudencia dan derecho a las compañías aéreas a determinar las medidas y pesos del equipaje de mano que puede llevarse a bordo, pero no a cobrar ningún importe extra por él. En el seno de la Comisión Europea se trata de armonizar desde hace meses, en diálogo con las aerolíneas, las dimensiones de las maletas habilitadas para volar junto a sus propietarios en cabina sin suplemento alguno.

En el expediente de Consumo también se señaló que la política comercial de cobro por la asignación de asientos puede resultar un “perjuicio a personas vulnerables” ante la posibilidad de quedar en “situación de desamparo” si se les ubica en plazas separadas. En cuanto a la falta de transparencia en los contratos de viaje, Consumo actuó a la vista de que el precio que aparece en la primera pantalla a la que tiene acceso el viajero es inferior al del final del proceso de pago, lo que aprecia como una práctica comercial desleal que dificulta la comparación de ofertas.

Las empresas van a por todas en este caso contra el Gobierno. La Asociación de Líneas Aéreas (ALA), que aglutina más del 85% del tráfico aéreo en España, ha cargado esta mañana contra la resolución y asegura que no se pagará un solo euro hasta que haya sentencia judicial. El colectivo que preside Javier Gándara habla de una decisión “manifiestamente ilegal y que ignora la normativa europea”. Gándara ha insistido en rueda de prensa en que las compañías mantendrán sin variación alguna la política de equipaje de mano actual a la espera de que sean los tribunales quienes decidan sobre las medidas cautelares que van a ser solicitadas.

Este paso en firme de Consumo da respuesta a los recursos de alzada que fueron presentados por las compañías y que cumplieron en septiembre el plazo de dos meses, advierte ALA, sin que hubiera notificación alguna. Desde el frente empresarial se ha tildado la resolución de “ataque al libre mercado” y se añade que, de aplicarse la sanción, España sería el único país en la UE donde se prohibiría el cobro por la maleta en cabina. Una excepción que dejaría a las aerolíneas con actividad en este país “en situación de desventaja competitiva”.

Riesgo de subida de los billetes

Las sancionadas advierten que 50 millones de pasajeros que viajan sin trolley en cabina podrían verse obligados a pagar un extra por un servicio que no necesitan. Se da por descontado que la imposibilidad de facturar por la maleta derivaría en la desaparición de las tarifas básicas más baratas. El presidente de ALA ha argumentado que aviones con 180 plazas pueden acoger unos 90 bultos en los maleteros de cabina, lo que acababa motivando la bajada del equipaje excedente a la bodega del avión. Ello derivaba en costes de gestión y retrasos en los vuelos, que fueron rebajados con el cobro ahora sancionado.

Desde la asociación de aerolíneas se asevera que el procedimiento comercial puesto en cuestión encuentra respaldo en el citado Reglamento UE1008/2008 y ha confirmado que las compañías aéreas afectadas se defenderán ante la jurisdicción contencioso administrativa. Las low cost creen que “no es viable ni razonable plantear cambios en las políticas comerciales hasta que los tribunales se pronuncien sobre esta decisión de Consumo, teniendo en cuenta los efectos tan perjudiciales que se podrían generar en los pasajeros”. Javier Gándara aboga por la adaptación a los nuevos tiempos del marco normativo europeo, pero advierte que, de imponerse una normativa excepcional en España, “sufrirán el turismo y la economía del país, además de millones de viajeros”.

La reina del bajo coste en Europa, Ryanair, fue la primera en fijar un precio por el equipaje en cabina, en noviembre de 2018. Tras ella fueron Vueling, EasyJet y Volotea. El Gobierno respondió con expedientes que fueron abiertos en el verano de 2023 contra cuatro aerolíneas low cost ante las denuncias recibidas en Consumo por organizaciones de consumidores. Posteriormente, se investigó a una quinta compañía.

Desde la sede central de Ryanair en Dublín (Irlanda) se ha ordenado la inmediata apelación ante “las multas ilegales e infundadas” impuestas en España. La irlandesa afirma que las políticas de equipaje de Ryanair ya han sido aprobadas en múltiples audiencias de tribunales españoles y de la UE. El consejero delegado del grupo Ryanair, Michael O’Leary, ha declarado que el varapalo del Gobierno responde a “inventos del Ministerio de Consumo de España por razones políticas, que violan claramente la legislación de la UE”.

O’Leary explica que su compañía, líder por tráfico aéreo en España, “ha utilizado tarifas por equipaje y por check-in en los aeropuertos para modificar el comportamiento de los pasajeros, transformando esto en ahorro de costes a los consumidores en forma de tarifas más bajas”. El ejecutivo confía en que la sanción sea anulada por los tribunales de la UE, “que han defendido repetidamente el derecho de todas las aerolíneas de la UE a establecer precios y políticas sin interferencias gubernamentales”.

Otro de sus argumentos contra el Gobierno es que el golpe recibido se basa “en una antigua ley de los años 60, previa a la adhesión de España a la UE”. Entre los riesgos, bajo su punto de vista, destaca el de la destrucción de la capacidad de las aerolíneas de bajo coste “de generar ahorro para los consumidores mediante tarifas más económicas”.

Al centrarse la pena solo en un ramillete de aerolíneas, las afectadas apreciaron una acción de distorsión del mercado que ya pusieron en conocimiento de las autoridades de la Competencia de la Unión Europea.

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