El Gobierno aprueba que haya al menos un debate en la televisión pública durante la campaña electoral

Pedro Sanchez, Yolanda Díaz y Santiago Abascal en el debate a tres en RTVE en julio de 2023.

La obligación de celebrar al menos un debate en los medios públicos en campaña electoral está más cerca de ver la luz. El Consejo de Ministros prevé aprobar este martes de manera definitiva la reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), un cambio que también impone a las empresas de encuestas la publicación de todos los microdatos del sondeo. El borrador del texto, al que ha tenido acceso EL PAÍS, establece que la asistencia a los debates “será obligatoria, salvo causa justificada que la impida apreciada por la Junta Electoral”, lo que terminará con una polémica que es recurrente en cada campaña desde los años noventa, cuando empezaron a celebrarse los cara a cara entre candidatos en España y a los que algunos cabezas de lista se han negado a acudir. La norma deberá iniciar ahora su tramitación parlamentaria y necesita de la mayoría absoluta del Congreso para su visto bueno, aunque el Gobierno confía en que concite un apoyo suficiente de los grupos.

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 Las empresas de encuestas deberán publicar todos los microdatos de los sondeos, recoge también la nueva reforma legal  

La obligación de celebrar al menos un debate en los medios públicos en campaña electoral está más cerca de ver la luz. El Consejo de Ministros prevé aprobar este martes de manera definitiva la reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), un cambio que también impone a las empresas de encuestas la publicación todos los microdatos del sondeo. El borrador del texto, al que ha tenido acceso EL PAÍS, establece que la asistencia a los debates “será obligatoria, salvo causa justificada que la impida apreciada por la Junta Electoral”, lo que terminará con una polémica que es recurrente en cada campaña desde los años noventa, cuando empezaron a celebrarse los cara a cara entre candidatos en España y a los que algunos cabezas de lista se han negado a acudir. La norma deberá iniciar ahora su tramitación parlamentaria y necesita de la mayoría absoluta del Congreso para su visto bueno, aunque el Gobierno confía en que concite un apoyo suficiente de los grupos.

La modificación de la LOREG estaba incluida en el paquete de medidas del llamado Plan de Acción por la Democracia anunciado por el Gobierno en septiembre de 2024 y llega en medio de la peor crisis del PSOE en los últimos años: con la legislatura en compás de espera y cuando los socios de coalición e investidura le están exigiendo al Ejecutivo que ponga en marcha medidas de regeneración democrática poco más de una semana después de que el último secretario de Organización socialista, Santos Cerdán, ingresara en prisión preventiva por los delitos de cohecho, organización criminal y tráfico de influencias.

Precisamente, el plan presentado hace 10 meses se desarrolla sobre tres ejes de actuación: ampliar y mejorar la calidad de la información gubernamental; fortalecer la transparencia, pluralidad y responsabilidad del ecosistema informativo, y reforzar la transparencia del poder legislativo y del sistema electoral, con 31 medidas para adoptar hasta 2027. Dos de las iniciativas incluidas en el tercer eje son las reformas de los artículos 66 y 69 de la LOREG.

En el 66, que pasa de tener dos a cuatro apartados, el anteproyecto regula la obligación de celebrar, al menos, un debate electoral durante la campaña electoral, en los medios de comunicación de titularidad pública, así como la consecuencia de la incomparecencia injustificada de los candidatos llamados a participar. “La asistencia a los debates será obligatoria, salvo causa justificada que la impida, apreciada por la Junta Electoral competente de acuerdo con el artículo sesenta y cinco. Los medios organizadores de los debates darán difusión, en su caso, al carácter injustificado de las ausencias al informar sobre la campaña electoral”, recoge.

En las últimas generales celebradas en 2023, Alberto Núñez Feijóo rechazó participar en el cara a cara organizado por RTVE junto a Pedro Sánchez, Yolanda Díaz (Sumar) y el líder de Vox, Santiago Abascal. Este plantón y su correspondiente polémica en campaña no son una novedad en la política española. Después de los dos debates celebrados en 1993 entre Felipe González y José María Aznar, en 1996 el aspirante del PP, que se veía ganador, se negó a asistir para evitar riesgos. También, Mariano Rajoy envió a su número dos, Soraya Sáez de Santamaría, en 2015 para el debate a cuatro con Sánchez, Pablo Iglesias (Podemos) y Albert Ribera (Ciudadanos).

El texto reconoce que esta obligatoriedad no puede imponerse en el caso de los medios privados, pero que en el caso de que estos decidan organizarlos, es preciso que respeten los mismos principios que los medios públicos, como ya prevé actualmente el artículo 66: pluralismo político, neutralidad informativa, igualdad y proporcionalidad.

La norma incluye, además, la regulación de la participación en los debates de todos los candidatos de las formaciones políticas que obtuvieron representación en las anteriores elecciones equivalentes y recoge la posible participación de los que la Junta Electoral Central denomina “grupos políticos significativos”, que son aquellas formaciones políticas que, “pese a no haberse presentado a las anteriores elecciones equivalentes o no haber obtenido representación en ellas, en procesos electorales posteriores y en el ámbito territorial del medio de difusión haya obtenido un número de votos igual o superior al 5% de los válidamente emitidos”.

Además, el articulado incorpora ahora la instrucción de la Junta Electoral Central de 2011 para que los órganos de dirección de los medios públicos remitan a la junta electoral competente sus planes de cobertura informativa de la campaña electoral.

Sobre las encuestas que se difundan entre el día de la convocatoria y el de la celebración de cualquier tipo de elecciones, la reforma del artículo 69 pide añadir a las características técnicas del sondeo que ya eran públicas (sistema de muestreo, tamaño de la muestra, margen de error, nivel de representatividad, procedimiento de selección de los encuestados y fecha de realización del trabajo de campo) los ficheros de los microdatos utilizados que contengan los datos individuales anonimizados. El Gobierno señala que esta reforma es “en beneficio de la transparencia y la objetividad” y que “uno de los métodos para garantizar la fiabilidad de una encuesta reside en la posibilidad de acceder en abierto a los datos individuales”. Tanto el instituto 40dB., que elabora los sondeos mensuales para EL PAÍS y la Cadena SER, como el CIS, hacen ya pública esta información.

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