
Atresmedia ha perdido la guerra por El Rosco de Pasapalabra. El Tribunal Supremo ha confirmado que los derechos de propiedad de la prueba estrella final del programa que emite Antena 3 son de la empresa neerlandesa MC&F, por lo que tiene que dejar de emitir El Rosco. El alto tribunal ha desestimado el recurso de Atresmedia contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que concluyó que El Rosco es “una creación original de sus autores Roto Luigi Pianta y René Mauricio Loeb, protegida por la Ley de propiedad Intelectual, cuyos derechos corresponden a MC&F”. No obstante, la sentencia deja abierto un resquicio para que Antena 3 siga emitiéndolo a cambio de pagar una indemnización que aún no ha sido fijada. La empresa holandesa reclamó una compensación por daños y perjuicios, pero el Supremo, como estableció la Audiencia de Barcelona, advierte de que Atresmedia solo es responsable una vez que se le haya informado de que está cometiendo una infracción, es decir, cuando se le notifique la sentencia, y esta indemnización solo tendrá que pagarla si Antena 3 continúa emitiendo el programa.
Atresmedia seguirá programando el espacio líder de audiencia en España. Sin embargo, Mediaset se hizo hace un año con los derechos de la prueba final. La compra se haría efectiva si una sentencia de este tipo llegaba a concretarse
Atresmedia ha perdido la guerra por El Rosco de Pasapalabra. El Tribunal Supremo ha confirmado que los derechos de propiedad de la prueba estrella final del programa que emite Antena 3 son de la empresa holandesa MC&F, por lo que tiene que dejar de emitir El Rosco. El alto tribunal ha desestimado el recurso de Atresmedia contra la sentencia de la Audiencia Provincial del Barcelona que concluyó que El Rosco es “una creación original de sus autores Roto Luigi Pianta y René Mauricio Loeb, protegida por la Ley de propiedad Intelectual, cuyos derechos corresponde a MC&F”. El Supremo confirma también que el grupo propietario de Antena 3 tiene que pagar una indemnización de 50.000 euros a los demandantes por los daños causados. A preguntas de este diario, desde Antena 3 aseguran que seguirán emitiendo Pasapalabra, pero están estudiando qué se puede hacer con los programas ya grabados que incluían la famosa prueba final para tomar una decisión firme antes de las ocho de la tarde, cuando empieza el programa.
La sentencia dictada por la Sala Civil pone fin a un pleito que ha durado años e implica que Antena 3 puede seguir emitiendo Pasapalabra, pero sin la prueba final de El Rosco, que contiene el momento de máxima emoción: un reto en el que los dos concursantes finalistas deben acertar, a partir de una definición, una palabra por cada letra del abecedario. Obliga, además, a “la retirada del comercio y destrucción de todas las grabaciones” de todos los “programas de televisión u obras audiovisuales que incluyan un juego basado en dicho formato”, además de “la retirada de los circuitos comerciales, la inutilización y, en caso necesario, la destrucción de todos los elementos materiales, equipos o instrumentos destinados principalmente a la reproducción, creación o fabricación de cualquier programa de televisión u obra audiovisual que incluya El Rosco”.
Las batallas judiciales a propósito de Pasapalabra son casi tan épicas como las de sus concursantes. El espacio presentado por Roberto Leal en esta etapa no es solo uno de los buques insignia de Antena 3 y, día tras día, el programa más visto de la televisión, sino que ya pasó por una situación similar en Telecinco, cuando en 2019 perdió una batalla legal por los derechos del formato contra la empresa británica ITV. Atresmedia sí que tenía esa licencia cedida por los creadores y ese era su argumento, pero la de la versión inglesa estaba, sin embargo, fundamentada en realidad en un segundo juego, conocido como The Alphabet Game (donde no había rosco), no en los derechos italianos originales de Passaparola, donde se llamaba Ruota delle lettere, y por los que ha luchado la holandesa MC&F, propietaria de esta versión original. La pérdida del veterano concurso, que en su día presentaron Silvia Jato, Jaime Cantizano y Christian Gálvez, en Telecinco de un día para otro hizo que el canal comenzara una crisis de audiencia que llega hasta hoy.
Pasapalabra resulta básico también para Antena 3. No es solo que alcance una media de audiencia de 1.865.000 espectadores y un 20,5% de cuota de pantalla (cifras inalcanzables para el resto) esta temporada, sino que sirve de revulsivo para el informativo posterior presentado por Vicente Vallés y el resto del prime-time. Con la llegada del concurso, Antena 3 comenzó a reconquistar las tardes, y lleva años siendo líder indiscutible.
Otros países, como Chile —en Chilevisión, que incluso organiza competiciones mundiales con el resto de versiones hispanohablantes— y Argentina (Telefé), también han seguido el modelo híbrido Passaparola y así lo han emitido, pero la empresa holandesa que reclama ser dueña de El Rosco ha preferido centrar su demanda en España. Ahora, esta decisión abre la puerta a que lo intente en otros territorios.
Singularidad del formato
La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Rafael Sarazá, rechaza todos los argumentos esgrimidos por Atresmedia y reconoce que El Rosco es la expresión “de unas ideas con un grado de desarrollo y complejidad que la hacen apta para constituir una obra susceptible de protección”. “No se trata de una simple idea sino de un formato televisivo desarrollado y detallado, susceptible de ser protegido como obra por las normas de la propiedad intelectual”, afirman los jueces, que también rechazan que, como alegaba Atresmedia, la jurisprudencia sobre propiedad intelectual establezca que es preciso un cierto grado de originalidad y creatividad intelectual, que difiera de lo ya existente.
El alto tribunal, tras repasar distintas sentencias del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), concluye que para que una obra resulte protegida por la propiedad intelectual “no es preciso exigir una determinada calidad en la obra ni tampoco su novedad”, en el sentido en el que este concepto se utiliza en la propiedad industrial con el derecho de patentes. “Pero sí ha de exigirse que se trate de una realización que refleje la personalidad de su autor de modo que exprese su espíritu creador de manera original, en la que este manifieste sus decisiones libres y creativas, que dé lugar a una creación singular, de modo que la obra lleve la impronta de la personalidad del autor que confiera a dicha creación un carácter único”, exponen los magistrados. Y todo, ello, aseguran, lo cumple El Rosco.
Este formato televisivo, es, según el Supremo, “producto de las decisiones libres y creativas de sus autores […] que han reflejado en ese formato su personalidad, en los términos en que tal ‘reflejo de su personalidad’ puede producirse en una obra de esta naturaleza”, un programa de televisión. Los magistrados aluden no solo a las reglas generales del juego, sino a otros elementos distintivos como “la disposición de los jugadores, el tiempo de que disponen para responder a las preguntas […] el elemento gráfico del ‘rosco’ superpuesto a la imagen del concursante, cuyas letras van cambiando de color según el resultado de las respuestas dadas por el concursante”. Todos estos aspectos dotan de “singularidad al formato televisivo y lo distingue de otros juegos basados en el alfabeto”, concluye el Supremo.
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