La Unión de Actores y Actrices ha celebrado hoy martes la sentencia que confirma el despido improcedente de un trabajador por parte del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM). El fallo, emitido el pasado 2 de febrero por la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Madrid, al que ha tenido acceso este periódico, explica que el demandante fue contratado a finales de marzo de 2024 como actor protagonista para la obra Los gatos mueren como las personas, en el Centro Dramático Nacional, Unidad de Producción del Inaem, dependiente del Ministerio de Cultura. Un mes después, recibió un correo electrónico donde se le comunicó que no estaba convocado para los próximos ensayos y, al día siguiente, le pidieron que fuera a recoger sus pertenencias. El 6 de mayo de 2024 recibió la carta de despido “por causas objetivas”, con efecto desde el 21 de mayo de 2024. La sentencia también da por probado que hubo una discusión entre el trabajador despedido y un compañero de la obra el día antes del primer correo electrónico.
La justicia condena al organismo del Ministerio de Cultura a readmitir al intérprete y pagarle el salario que le correspondía o una indemnización
La Unión de Actores y Actrices ha celebrado hoy martes la sentencia que confirma el despido improcedente de un trabajador por parte del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM). El fallo, emitido el pasado 2 de febrero por la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Madrid, al que ha tenido acceso este periódico, explica que el demandante fue contratado a finales de marzo de 2024 como actor protagonista para la obra Los gatos mueren como las personas, en el Centro Dramático Nacional, Unidad de Producción del Inaem, dependiente del Ministerio de Cultura. Un mes después, recibió un correo electrónico donde se le comunicó que no estaba convocado para los próximos ensayos y, al día siguiente, le pidieron que fuera a recoger sus pertenencias. El 6 de mayo de 2024 recibió la carta de despido “por causas objetivas”, con efecto desde el 21 de mayo de 2024. La sentencia también da por probado que hubo una discusión entre el trabajador despedido y un compañero de la obra el día antes del primer correo electrónico.
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