El empleo temporal inunda el sector público: “Soy funcionaria, pero no puedo pedir una hipoteca”

Nieves Lao Giménez tiene 42 años y empezó hace 18 a trabajar para el Servicio Andaluz de Salud (SAS). En todo este tiempo, ha acumulado una vida laboral de 17 páginas. Este documento oficial que facilita la Seguridad Social recoge todas las altas y bajas de empleos que un trabajador registra en el sistema, y para alguien con una vida laboral de unos 20 años, lo habitual es que ocupe dos o tres páginas. Esta enfermera que ahora trabaja en el área de salud mental del hospital Torrecárdenas de Almería ha desarrollado casi toda su experiencia laboral enlazando sustituciones de pocos días, semanas o meses en el mejor de los casos. “Y sin generar ni siquiera derecho a vacaciones”, se queja. Su caso es uno de los cientos de miles de ejemplos que inundan las plantillas de las Administraciones publicas españolas. Estas emplean a más de tres millones de trabajadores. Actualmente, uno de cada tres son temporales.

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 La justicia comunitaria exige a España elevar las compensaciones a los interinos que encadenan abusivamente contratos y Bruselas amenaza con ir a los tribunales si la situación no se corrige  

Nieves Lao Giménez tiene 42 años y empezó hace 18 a trabajar para el Servicio Andaluz de Salud (SAS). En todo este tiempo, ha acumulado una vida laboral de 17 páginas. Este documento oficial que facilita la Seguridad Social recoge todas las altas y bajas de empleos que un trabajador registra en el sistema, y para alguien con una vida laboral de unos 20 años, lo habitual es que ocupe dos o tres páginas. Esta enfermera que ahora trabaja en el área de salud mental del hospital Torrecárdenas de Almería ha desarrollado casi toda su experiencia laboral enlazando sustituciones de pocos días, semanas o meses en el mejor de los casos. “Y sin generar ni siquiera derecho a vacaciones”, se queja. Su caso es uno de los cientos de miles de ejemplos que inundan las plantillas de las Administraciones publicas españolas. Estas emplean a más de tres millones de trabajadores. Actualmente, uno de cada tres son temporales.

Lejos de tener un empleo para toda la vida —como se concebía hasta hace unos años el trabajo para el sector público— estos asalariados encadenan contratos, incluso durante décadas. En la mayoría de las ocasiones se incurre en fraude de ley. La norma y la jurisprudencia limitan a tres años de duración los puestos para interinos que cubren una vacante, el caso más común. Y establecen otros límites, en algunos casos incluso más cortos, para otro tipo de empleos públicos temporales. Es un asunto que ha motivado varios tirones de orejas por parte de la justicia y las autoridades europeas. El último, esta misma semana, cuando la Comisión Europea ha enviado dos dictámenes motivados al Gobierno. Si España no responde o presenta una reforma en dos meses, el Ejecutivo comunitario la llevará ante los tribunales.

La interinidad en las empresas públicas (Tabla)

El ejemplo de Lao la sitúa en el escalón más bajo de la precariedad del empleo público porque durante casi todo el tiempo ni siquiera ha sido funcionaria interina, sino personal estatutario de duración temporal, cuyos contratos tienen una duración aun menor. Cuando por fin le dieron un puesto interino, que esperaba que fuera de mayor duración que las sustituciones que venía haciendo, al mes fue cesada por cuestiones administrativas, no laborales. Y, posteriormente, le fue reconocida otra interinidad por vacante, pero de un tipo particular denominada “no fiscalizada”, que implicaba que debía de ser confirmada cada dos meses.

“Durante años y años no me encontraba en los cuadrantes de vacaciones del servicio, por lo que los días libres los cogía cuando mi jefe de turno me decía, cuando le venía bien”, relata Lao quien, acaba de conseguir una plaza fija tras aprobar un proceso selectivo en 2025. Ahora le toca pelear para que le reconozcan puntos que no le han contabilizado, porque de ello dependerá el puesto que le otorguen.

Peores son las expectativas de J. L., otro funcionario interino que logró un puesto por una vacante 15 años después de entrar como personal laboral temporal y que pide no ser identificado por temor a represalias. Este empleado del sector sanitario de La Rioja resume la precariedad laboral que le ha acompañado en la Administración con un solo dato: “En 19 años he acumulado 205 contratos de trabajo”, afirma. Empezó como celador en un ambulatorio de atención primaria trabajando los fines de semana. “Entre semana cobraba del paro”, subraya. “Pronto empezaron a darme tareas de administrativo o atención al cliente, durante esos fines de semana, ya que como celador no tenía mucho trabajo y era más barato tenerme a mí”.

En todos estos años, J. L. fue alternando varios puestos, siempre de la bolsa de sustituciones. Nunca llegaba ni siquiera a ser interino porque al trabajar solo los fines de semana, nunca llegaba a reunir puntos suficientes. Ni siquiera a un puesto fijo. Su situación replica un perjuicio que afecta por igual a los trabajadores temporales del sector privado, y que es uno de los mayores daños de la falta de estabilidad: tienen muchas más lagunas de cotización. Este empleado riojano cuenta que pese a haber trabajado durante 19 años, solo tiene 11 cotizados a la Seguridad Social.

Un tercio de temporales

La precariedad que reflejan estos testimonios se extiende a cientos de miles de empleados públicos. En España hay algo más de tres millones, de los que alrededor de un millón mantienen una relación laboral temporal (32%), según el Boletín Estadístico de Personal de las Administraciones Públicas, cuyos últimos datos son de julio de 2025. La Encuesta de Población Activa sitúa la temporalidad en el sector público en el 27%, frente al 12,4% del privado.

Líneas

El abuso de la temporalidad ha sido uno de los grandes problemas estructurales del mercado laboral español, con tasas que rozaron el 35% antes de la crisis de 2008. La reforma laboral aplicada desde 2022 logró reducir de forma drástica la contratación temporal en el sector privado, generalizando el contrato indefinido. Pero ese avance no se ha trasladado al empleo público.

En este ámbito, miles de trabajadores temporales —tanto personal laboral como funcionarios interinos— llevan décadas litigando para que se reconozca el carácter abusivo del encadenamiento de contratos temporales y los tribunales les conviertan en personal fijo por sentencia. O, como mínimo, que se les distinga la condición de indefinidos no fijos, una figura creada por el Tribunal Supremo para aportar estabilidad sin otorgar la condición de funcionario de carrera. Esta última está reservada constitucionalmente a quienes superan un proceso selectivo.

Mapa coroplético

Las batallas judiciales por el abuso de la temporalidad en el sector público se han intensificado desde 2014, cuando la Comisión Europea abrió un procedimiento de infracción contra España. Desde entonces, el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) se ha pronunciado reiteradamente a favor de los trabajadores. Mientras, el Tribunal Supremo ha rechazado la fijeza por considerarla contraria a la Constitución, una interpretación que ha asumido el Gobierno, que descarta otorgar estabilidad sin hacer una oposición. Los dictámenes remitidos esta semana por Bruselas suponen una reactivación del procedimiento.

Insistencia de la justicia europea

El último pronunciamiento del TJUE, del 14 de abril, respondía a una consulta del Supremo y reiteró que las soluciones vigentes en España —indemnizaciones tasadas, procesos de estabilización y la figura del indefinido no fijo, que el fallo comunitario considera una categoría temporal que perpetúa la precariedad— no son suficientes para sancionar el abuso ni reparar el daño. Ahora el Supremo deberá resolver en una sentencia inminente si la normativa española es adecuada.

Pero el tribunal europeo ya ha concluido que no lo es: el fallo desmonta una a una las medidas tomadas por España para solventar la situación. En el caso de los procesos de estabilización, que han otorgado la fijeza a 419.000 trabajadores en los últimos cinco años, el TJUE los considera insuficientes para reparar el daño porque “si bien se valoran la experiencia previa del trabajador afectado y el tiempo de servicio dedicado por él al desarrollo de sus tareas, esta valoración no se limita a aquellos candidatos que hayan sido víctimas de tal abuso”.

Belén, de 54 años y con dos hijos a su cargo tras haberse divorciado, es funcionaria interina por vacante de la Administración de Justicia desde agosto de 2004. Esto quiere decir que ocupa una plaza estructural que no ha sido ocupada por un funcionario de carrera en más de dos décadas. Trabaja como tramitadora procesal en Madrid y dice que “solo” ha encadenado ocho contratos desde que entró en el sector público. Ahora se queja de que puede verse “en la calle de un día para otro”, porque la Administración para la que trabaja ha diseñado una nueva bolsa de trabajo para acceder a vacantes. Para optar a las plazas, explica, “lo que menos pondera es la experiencia, frente a tener la carrera de derecho sin ninguna experiencia y, en segundo lugar, haber pasado alguna prueba suelta de una oposición”.

“Llevo más de 20 años dedicada a la Justicia, controlo todas las jurisdicciones, penal, civil, social, el registro… ahora voy a tener que enseñar a los que llegan y quizás a mi me echen”, lamenta la funcionaria de Madrid. En todo este tiempo ha intentado lograr una plaza fija, pero no lo ha conseguido. “Me he presentado a todos los procesos que han surgido, pero ponen una nota de corte altísima y solo se puede presentar quien no hace otra cosa que estudiar. Yo no tengo ocho horas diarias para estudiar”, narra. Tiene miedo a no conservar su plaza de interina y, como tantas mujeres divorciadas, a perder su vivienda cuando sus hijos se vayan de casa. “Durante todos estos años, no he podido podido pedir un préstamo para comprarme una casa, primero por responsabilidad, porque no tenía garantías de mantener mi empleo, y después porque tampoco me dan una hipoteca aunque sea funcionaria, porque tengo un empleo temporal”, relata.

La falta de compensación adecuada por el abuso de la temporalidad se refleja en el caso de Juanjo Manzano, de 66 años y funcionario interino desde 1985. Aunque apenas ha cambiado de puesto —“estuve 25 años en una plaza y en la actual, en el decanato de Madrid, llevo 13 años”—, siempre ha vivido con la incertidumbre de que su puesto saliera a concurso. Tras presentarse sin éxito a varias oposiciones, espera ahora ser cesado para jubilarse y ha reclamado una indemnización a la Comunidad de Madrid que le ha sido denegada, por lo que ha mostrado su inconformidad. Ante ello, advierte: “Si transcurren tres meses y no contestan, operará el silencio administrativo y entraré en pleito por la vía judicial para reclamar daños y perjuicios”.

De llegar a los tribunales, el de Manzano no será un caso aislado ni mucho menos. Según el abogado Javier Araúz, quien llevó las demandas que sirvieron para abrir el procedimiento de infracción contra España en 2014, podrían existir unas 40.000 causas vivas en los tribunales relacionadas con el abuso de temporalidad en el sector público. Algunos juzgados ya aplican la última sentencia del TJUE sin esperar al Supremo, como el Juzgado de lo Social de Vigo, que recientemente concedió más de 52.000 euros a una investigadora del CSIC por contratos temporales encadenados desde 2008, incluso pese a haber sido declarada indefinida no fija en 2010 y acceder después a una plaza estable. En la misma línea, un tribunal de Madrid acaba de anular el cese en 2024 de una interina tras casi 20 años en una plaza estructural y le reconoció la condición de “indefinida por sentencia”, sin convertirla en funcionaria de carrera.

Ambos fallos cumplen el mandato de elevar las compensaciones actualmente previstas, en teoría, sin contravenir la Constitución. En esta se amparan el Supremo y el Gobierno para justificar su negativa a instar o a cambiar la ley. Pero Gerardo Pérez Sánchez, doctor en Derecho Constitucional por la Universidad de la Laguna (Tenerife), destaca que “es de manual que el derecho nacional está por debajo del comunitario”. En ese sentido, Javier Ramón, exmagistrado y socio director del despacho de abogados BDO, interpreta que tras las sentencias europeas de febrero de 2024 y abril de 2026, “todas las puertas que sean no hacer fijos a los trabajadores afectados han quedado muy cerradas”.

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